BOPREAL – Comunicación “A” 7952 del BCRA

Estimados Agentes de Negociación,

Procedemos a informarles que, de acuerdo con lo dispuesto por la Comunicación “A” 7952 del BCRA, a partir del 1 de abril se admitirá que los importadores de bienes y servicios que hayan adquirido Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL) en una suscripción primaria, realicen ventas de títulos valores con liquidación contra cable sobre una cuenta de terceros en el exterior. 

Esto podrá ejecutarse siempre y cuando el valor de mercado de estas operaciones no supere a la diferencia entre el valor obtenido por la venta con liquidación en moneda extranjera en el exterior – de los bonos BOPREAL adquiridos en la suscripción primaria – y su valor nominal, si el primero resultase menor.

Para los pagos que responden a esta condición, les solicitamos:

  • Boletos de venta.
  • DDJJ adjunta.

Adjuntamos la declaración de juramento correspondiente a las operaciones descriptas conforme a la Comunicación “A” 7952 del BCRA.

La documentación deberá ser remitida a an.exterior@rosval.com.ar con copia a compliance@rosval.com.ar al momento de informar la extracción por el procedimiento habitual (recordamos que el horario límite para el procesamiento de las solicitudes de extracción en cable en el día es hasta las 14.30 horas).

Por cualquier consulta, contactarse con ea@rosval.com.ar o an.exterior@rosval.com.ar

Saludos cordiales.